Mercado primario y mercado secundario CAE: cómo funcionan y quién compra los ahorros

Mercado primario y mercado secundario CAE: ¿cuál es la diferencia?
El Sistema de Certificados de Ahorro Energético permite transformar determinados ahorros de energía final obtenidos mediante actuaciones de eficiencia energética en Certificados de Ahorro Energético o CAE.
Pero para entender cómo funciona económicamente el sistema, hay que distinguir dos mercados diferentes:
el mercado primario de ahorros energéticos
el mercado secundario de CAE
La principal diferencia es sencilla:
En el mercado primario se transmiten ahorros energéticos. En el mercado secundario se compran y venden CAE que ya han sido emitidos.
Por tanto, cuando un particular, una empresa, una comunidad de propietarios o una administración realiza una actuación de eficiencia energética, inicialmente no posee CAE. Lo que posee son los ahorros de energía final generados por su inversión.
Será posteriormente un sujeto obligado o un sujeto delegado quien pueda utilizar esos ahorros para solicitar, después de la correspondiente verificación y validación administrativa, la emisión de los CAE.
Una vez emitidos e inscritos en el Registro Nacional de CAE, esos certificados sí pueden ser objeto de compraventa, pero exclusivamente entre determinados agentes autorizados.
¿Qué es el mercado primario CAE?
Aunque habitualmente se habla de "mercado primario de CAE", técnicamente lo que circula en esta primera fase no son todavía CAE, sino la titularidad de los ahorros energéticos.
El propietario original del ahorro es, con carácter general, quien realiza la inversión que permite conseguir el ahorro de energía final.
Por ejemplo:
una empresa que sustituye un sistema de climatización antiguo;
un particular que cambia determinados equipos;
una industria que mejora la eficiencia de sus procesos;
una comunidad de propietarios que rehabilita la envolvente de su edificio;
una empresa que sustituye vehículos por vehículos eléctricos cuando la actuación cumple la ficha correspondiente.
Si la actuación genera un ahorro susceptible de ser reconocido por el Sistema CAE, ese ahorro adquiere un potencial valor económico.
El propietario puede entonces ceder la titularidad de esos ahorros a cambio de una contraprestación.
Este intercambio constituye el núcleo del mercado primario.
¿Qué se compra en el mercado primario?
En esta fase se compra:
el derecho sobre los ahorros anuales de energía final generados por una actuación.
No se está comprando todavía un Certificado de Ahorro Energético emitido por la Administración.
Esta distinción es fundamental.
Mercado primario
Producto: ahorro energético + documentación y derechos asociados.
Mercado secundario
Producto: CAE ya emitido e inscrito en el Registro Nacional.
La propia guía del Sistema CAE del MITECO para el sector público distingue la transmisión de los ahorros en el mercado primario de la posterior circulación de los CAE en el mercado secundario.
¿Quién puede vender sus ahorros energéticos?
El propietario original del ahorro puede ser una persona física o jurídica.
Por ejemplo:
Actuación | Posible propietario inicial del ahorro |
Rehabilitación energética de una vivienda | Particular que realiza la inversión |
Mejora energética de una fábrica | Empresa industrial |
Sustitución de climatización de un hotel | Empresa propietaria/inversora |
Rehabilitación de un edificio residencial | Comunidad de propietarios |
Renovación de equipos de un comercio | Empresa que financia la actuación |
Proyecto público de eficiencia energética | Entidad pública que realiza la inversión |
Lo importante no es únicamente quién utiliza la instalación.
El Real Decreto 36/2023 define al propietario del ahorro de energía final tomando como referencia, entre otros supuestos, quién lleva a cabo la inversión de la actuación de eficiencia energética.
Por eso también hay que distinguir entre:
propietario del ahorro
beneficiario o usuario final
propietario del inmueble
instalador
sujeto obligado
sujeto delegado.
No siempre son la misma persona o empresa.
¿Quién compra los ahorros energéticos?
Aquí aparece una de las preguntas más importantes del mercado CAE.
Los ahorros pueden terminar siendo adquiridos por un:
Son las empresas a las que el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética atribuye una obligación anual de ahorro.
Entre ellas se encuentran determinadas:
comercializadoras de electricidad;
comercializadoras de gas;
operadores de productos petrolíferos al por mayor;
operadores de gases licuados del petróleo al por mayor.
Estos sujetos necesitan cumplir anualmente determinadas obligaciones de ahorro energético.
Los CAE constituyen una de las herramientas disponibles para acreditar parte de dicho cumplimiento.
Un sujeto delegado es una persona jurídica previamente acreditada por el Coordinador Nacional del Sistema CAE que puede asumir compromisos de obtención y liquidación de ahorros en nombre de uno o varios sujetos obligados.
Por su conocimiento del mercado y de los proyectos de eficiencia energética, los sujetos delegados tienen un papel muy relevante en la adquisición, estructuración y certificación de ahorros.
¿Puede intervenir un intermediario?
Sí. Entre el propietario inicial del ahorro y el sujeto obligado o delegado puede intervenir un intermediario.
Puede tratarse, por ejemplo, de:
una empresa instaladora
una ingeniería
una empresa especializada en eficiencia energética
un agregador
una empresa especializada en operaciones CAE
El intermediario puede adquirir la titularidad del ahorro mediante un contrato privado de cesión de ahorros energéticos y transferir posteriormente estos ahorros al sujeto obligado o delegado.
No obstante, existe una regla especialmente importante.
Para los convenios CAE firmados desde el 15 de diciembre de 2024, puede existir como máximo un intermediario entre el propietario original del ahorro y el sujeto obligado o delegado que solicita la emisión de los CAE.
La trazabilidad contractual de toda la operación debe quedar perfectamente documentada.
Contrato de cesión de ahorros y Convenio CAE
Dependiendo de quién adquiere los ahorros, cambia el documento utilizado.
Si compra los ahorros un intermediario
Se utiliza un: Contrato privado de cesión de ahorros energéticos.
Si quien adquiere los ahorros es el sujeto obligado o sujeto delegado que solicitará la emisión
Se utiliza un: Convenio CAE.
Ambos documentos tienen una finalidad similar: transmitir la titularidad del ahorro energético.
La principal diferencia está en quiénes son las partes de la operación.
¿Cómo pasa un ahorro energético del mercado primario a convertirse en CAE?
La cesión del ahorro no significa que automáticamente exista un CAE.
Entre ambos momentos existe todo un procedimiento técnico y administrativo.
De manera simplificada:

A partir de este momento ya hablamos de CAE propiamente dichos.
La solicitud de emisión solo puede ser presentada por sujetos obligados o sujetos delegados y debe estar respaldada por un dictamen favorable de un verificador.
¿Qué es el mercado secundario de CAE?
El mercado secundario comienza cuando los CAE ya han sido:
emitidos;
inscritos;
y tienen un titular.
Un CAE es un documento electrónico que reconoce fehacientemente un nuevo ahorro anual de energía final.
1 CAE = 1 kWh de ahorro anual de energía final.
Una vez emitido e inscrito en el Registro Nacional, el CAE tiene la consideración de bien mueble negociable.
Y aquí aparece el mercado secundario.
¿Quién puede comprar CAE en el mercado secundario?
Esta es otra diferencia fundamental con el mercado primario.
No cualquier empresa puede comprar directamente CAE.
Los CAE únicamente pueden ser titularidad de:
Sujetos Obligados (SO)
Sujetos Delegados (SD)
Por tanto, las operaciones de compraventa de CAE ya emitidos se realizan exclusivamente entre sujetos que puedan ostentar legalmente esa titularidad.
Un particular, instalador, comunidad de propietarios,ingeniería o una empresa industrial, no puede comprar un CAE emitido en el mercado secundario simplemente por querer invertir en ellos.
Para hacerlo tendría que tener la condición correspondiente de sujeto obligado o sujeto delegado.
¿Para qué compra un sujeto obligado CAE?
Los sujetos obligados tienen cada año una determinada obligación de ahorro de energía final.
El Sistema CAE les permite acreditar parte de ese ahorro mediante la liquidación de Certificados de Ahorro Energético.
Por tanto, un sujeto obligado puede:
Generar u obtener sus propios CAE
Participando directamente en operaciones de eficiencia energética.
Trabajar con un sujeto delegado
Delegando la obtención y liquidación de determinados ahorros.
Comprar CAE ya emitidos
Adquiriéndolos a otro sujeto obligado o sujeto delegado que los tenga disponibles.
Una vez adquiridos, puede posteriormente liquidarlos contra su obligación de ahorro cuando corresponda.
¿Por qué un sujeto delegado compra CAE?
Los sujetos delegados también pueden adquirir y transmitir CAE.
Por ejemplo, un sujeto delegado puede tener que cumplir compromisos de liquidación asumidos mediante contratos de delegación con sujetos obligados.
La regulación permite que un CAE válido sea comprado, vendido o posteriormente liquidado por su titular dentro de las condiciones previstas por el sistema.
Diferencias entre mercado primario y mercado secundario de CAE
Mercado primario | Mercado secundario | |
¿Qué se negocia? | Ahorros energéticos | CAE ya emitidos |
¿Existe ya el CAE? | No | Sí |
Vendedor inicial | Propietario del ahorro | Sujeto obligado o delegado |
Comprador final del ahorro | SO o SD, eventualmente mediante un intermediario | SO o SD |
¿Puede participar un intermediario? | Sí, dentro de las reglas de trazabilidad aplicables | La titularidad del CAE está limitada a SO y SD |
Documento principal de transmisión | Convenio CAE o contrato privado de cesión | Negocio jurídico de compraventa de CAE |
Registro Nacional | El ahorro todavía no está registrado como CAE | El CAE ya está inscrito |
Objetivo | Monetizar y transferir el ahorro | Ajustar posiciones y obtener CAE para su posterior liquidación |
Ejemplo práctico: del ahorro energético al mercado secundario
Imaginemos un hotel que sustituye un antiguo sistema de climatización por un equipo mucho más eficiente. La actuación consigue: 500.000 kWh/año de ahorro de energía final.
Etapa 1: mercado primario
La empresa que ha realizado la inversión es inicialmente propietaria del ahorro.
Esos: 500.000 kWh de ahorro pueden ser cedidos a cambio de una contraprestación económica.
Por ejemplo, directamente a un sujeto delegado mediante un Convenio CAE.
El sujeto delegado pasa entonces a ser propietario de los ahorros.
Etapa 2: certificación
Se prepara el expediente.
El ahorro es verificado.
El expediente obtiene un dictamen favorable.
Se solicita la emisión.
Si la Administración valida los 500.000 kWh de ahorro anual, podrán emitirse:
500.000 CAE.
Etapa 3: mercado secundario
Los CAE ya existen y están registrados.
El sujeto delegado puede, en función de la operación y de sus compromisos:
mantenerlos;
venderlos a otro sujeto delegado;
venderlos a un sujeto obligado;
o liquidarlos cuando proceda.
A partir de ese momento estamos en el mercado secundario de CAE.
¿Quién fija el precio de los ahorros y de los CAE?
No existe una tarifa única a la que deban venderse todos los ahorros energéticos.
Las condiciones económicas se negocian entre las partes.
Por eso es importante distinguir:
Precio de los ahorros energéticos
Es el precio o contraprestación negociada dentro del mercado primario por la cesión de la titularidad del ahorro.
Precio del CAE
Corresponde a una operación de compraventa de un CAE ya emitido dentro del mercado secundario.
No tienen por qué ser iguales.
Entre la compra inicial del ahorro y la existencia de un CAE intervienen:
preparación documental, gestión del expediente, ingeniería, verificación, riesgo de rechazo, subsanaciones, gestión administrativa, financiación, tiempo, y otros costes asociados a la operación.
Por ello, comparar directamente "el precio de compra del ahorro" con "el precio de un CAE" sin considerar la estructura completa de la operación puede generar confusión.
¿Existe una bolsa oficial de CAE?
El mercado CAE no funciona como una bolsa de valores abierta al público donde cualquier persona pueda entrar, consultar una cotización y comprar certificados.
Las transmisiones se realizan entre agentes habilitados.
En las compraventas de CAE, el vendedor debe comunicar la operación al Coordinador Nacional con el acuerdo del comprador, incluyendo el nuevo titular y el precio de la transacción expresado en €/kWh.
El cambio de titularidad queda reflejado posteriormente en el Registro Nacional de CAE.
¿Qué ocurre después de comprar un CAE?
El nuevo titular puede: mantenerlo,volver a venderlo,o liquidarlo cuando corresponda.
La liquidación es especialmente importante porque es el momento en el que el CAE se utiliza para acreditar el cumplimiento de una obligación o compromiso de ahorro.
Los sujetos obligados pueden liquidar CAE contra sus obligaciones de ahorro energético.
Los sujetos delegados también pueden liquidarlos en los supuestos previstos por la regulación.
¿Durante cuánto tiempo puede utilizarse un CAE?
Un CAE no tiene una duración ilimitada.
Con la normativa vigente, su fecha de expiración se produce cuando ocurra primero:
tres años desde la finalización de la actuación que generó el ahorro;
o el 1 de enero de 2031.
Una vez expirado, deja de poder venderse o liquidarse.
Este factor temporal también debe tenerse en cuenta al estructurar una cartera de CAE.
¿Por qué son necesarios los dos mercados?
Los mercados primario y secundario cumplen funciones diferentes pero complementarias.
El mercado primario conecta la eficiencia energética con la financiación
Permite que empresas, particulares y otros propietarios de ahorros obtengan una contraprestación económica por actuaciones que reducen su consumo energético.
Esto añade un incentivo adicional a realizar inversiones en eficiencia energética.
El mercado secundario aporta flexibilidad
Permite que sujetos obligados y delegados transfieran CAE entre ellos.
De esta manera pueden ajustar sus posiciones, gestionar sus compromisos y disponer de los certificados necesarios para las correspondientes liquidaciones.
El resultado es una cadena que conecta:
inversión → ahorro → monetización → certificación → CAE → compraventa → liquidación.
Mercado primario, mercado secundario y trazabilidad
Para que todo este sistema funcione correctamente, la trazabilidad es fundamental.
Debe poder reconstruirse quién:
realizó la inversión
era propietario inicial del ahorro
adquirió posteriormente ese ahorro
lo transmitió, cuando proceda
solicitó la emisión de los CAE
recibió los CAE
compró o vendió posteriormente esos certificados
y finalmente los liquidó
Por eso la gestión documental y contractual de una operación CAE es tan importante como el propio cálculo energético.
Cómo ayuda CAE Claro a gestionar esta cadena
A medida que aumenta el volumen de operaciones, gestionar propietarios, instaladores, documentos, contratos, ahorros, verificadores, sujetos delegados y sujetos obligados mediante correos, hojas Excel y carpetas independientes se vuelve cada vez más complejo.
La plataforma CAE Claro permite estructurar y centralizar la gestión de los expedientes CAE desde una única plataforma.
Entre otras funcionalidades, permite:
crear y gestionar actuaciones
recopilar documentación
automatizar cálculos de ahorro
controlar los documentos pendientes
gestionar firmas y documentación
mantener la trazabilidad del expediente
realizar controles documentales
coordinar distintos actores
preparar expedientes para verificación
gestionar agrupaciones de actuaciones
realizar seguimiento del estado de cada expediente
Desde CAE Claro, además, trabajamos como intermediario especializado en el mercado CAE, conectando propietarios de ahorros, instaladores y otros colaboradores con sujetos obligados y delegados para facilitar la valorización de los ahorros energéticos.
El objetivo es simplificar una cadena que, aunque pueda parecer compleja, responde a una lógica sencilla:
Convertir un ahorro energético real y demostrable en valor económico.
En resumen
El mercado de los Certificados de Ahorro Energético funciona a través de dos etapas claramente diferenciadas.
En el mercado primario, empresas, particulares y otros propietarios de ahorros pueden monetizar las mejoras de eficiencia energética que han financiado mediante la transmisión de sus ahorros.
En el mercado secundario, los CAE que ya han sido emitidos e inscritos pueden circular exclusivamente entre sujetos obligados y sujetos delegados.
La cadena puede resumirse así:
Propietario del ahorro → cesión del ahorro → sujeto obligado/delegado → verificación → emisión del CAE → mercado secundario → liquidación.
Comprender esta diferencia permite entender no solo quién compra los CAE, sino también de dónde procede realmente el valor económico que recibe quien realiza una actuación de eficiencia energética.
¿Tienes ahorros energéticos que quieres valorizar?
En LSF Energía Iberia podemos estudiar tu actuación, estimar el potencial de ahorro, revisar su elegibilidad y ayudarte a estructurar la operación hasta su valorización.
Con CAE Claro, instaladores, intermediarios, sujetos obligados, sujetos delegados y otros actores pueden además centralizar y automatizar la gestión de sus expedientes CAE.
Lecturas recomendadas
Ahora que ya sabes todo sobre el mercado primario y el mercado secundario CAE, continúa entendiendo el funcionamiento del mercado CAE:




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