Cambios en el certificado energético: cuándo entran en vigor y por qué es importante para el sistema CAE
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Desde el 23 de julio de 2026 está en vigor el Real Decreto 659/2025, de 22 de julio, que modifica el Real Decreto 390/2021 y actualiza el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
La reforma se centra principalmente en definir con mayor precisión quién puede ejercer como técnico competente, qué conocimientos debe acreditar, cómo debe registrarse y qué controles podrán realizar las administraciones.
Aunque a primera vista pueda parecer una modificación que solo afecta a los profesionales que elaboran certificados energéticos, también tiene consecuencias para instaladores, empresas de rehabilitación y actores del sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE).
El motivo es sencillo: el Certificado de Eficiencia Energética del Edificio, que denominaremos CEEE o CEE, es uno de los documentos utilizados para justificar la situación energética del inmueble en numerosas fichas del Catálogo CAE.

Las principales novedades, en pocas palabras
Desde el 23 de julio de 2026:
es obligatorio acreditarse antes de empezar a ejercer como técnico competente
se amplían las vías formativas que pueden dar acceso a esta actividad
determinados profesionales deberán superar uno o dos módulos de formación
deberá presentarse una declaración responsable
se crea un Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes
las administraciones podrán efectuar controles periódicos sobre los profesionales acreditados
podrá revisarse la validez de los certificados emitidos cuando se constate el incumplimiento de los requisitos exigidos
¿Qué es el Certificado de Eficiencia Energética del Edificio?
El Certificado de Eficiencia Energética evalúa el comportamiento energético de un edificio o de una parte de este, como una vivienda o un local.
Entre otros elementos, el expediente de certificación energética debe contener:
el certificado propiamente dicho
la etiqueta energética
el informe de evaluación energética en formato XML
los archivos digitales empleados para realizar el cálculo
los anexos y cálculos justificativos
las recomendaciones de mejora para el usuario
Para que el certificado tenga validez legal, debe presentarse, junto con el XML correspondiente, en el registro habilitado por la comunidad autónoma.
La calificación se representa habitualmente mediante una escala que va desde la letra A, para los inmuebles más eficientes, hasta la letra G, para los menos eficientes.
CEE y CAE: dos documentos diferentes
Aunque sus siglas son similares, no deben confundirse.
Certificado de Eficiencia Energética (CEE)
Evalúa el comportamiento energético de un edificio y recoge indicadores como el consumo de energía primaria no renovable y las emisiones de CO₂.
Certificado de Ahorro Energético (CAE)
Reconoce un ahorro de energía final conseguido después de realizar una actuación de eficiencia energética. Un CAE equivale a 1 kWh de ahorro anual de energía final.
Por tanto, mejorar la letra del certificado energético no genera automáticamente una cantidad concreta de CAE.
El CEEE puede proporcionar datos técnicos, demostrar la situación del edificio o justificar el estado anterior y posterior a una reforma. Sin embargo, el volumen de CAE se calcula aplicando la metodología de la ficha correspondiente y debe respaldarse con el resto de la documentación exigida.
¿Qué cambia con el Real Decreto 659/2025, puntos claves?
1. Se pasa de un modelo basado únicamente en titulaciones a otro basado también en conocimientos
Hasta ahora, la condición de técnico competente dependía principalmente de disponer de una titulación habilitante para proyectar o dirigir obras de edificación.
La nueva regulación mantiene estas titulaciones, pero incorpora otras vías de acceso basadas en:
la formación académica
los conocimientos técnicos adquiridos
la cualificación profesional
cuando corresponda, la superación de una formación específica
El objetivo declarado de la reforma es adecuar la figura del técnico competente a un modelo en el que se valoren los conocimientos necesarios para elaborar correctamente los certificados energéticos, y no solamente el nombre de la titulación.
2. Se diferencia entre los certificados de proyecto y los certificados de edificios existentes
La norma no amplía de la misma manera todas las modalidades de certificación.
Certificación energética de proyecto
Los certificados de proyecto de edificios nuevos o de determinadas reformas deben seguir siendo elaborados por profesionales con titulaciones habilitantes para la redacción de proyectos de edificación o para la dirección de obras conforme a la Ley de Ordenación de la Edificación.
Certificación de obra terminada y edificios existentes
Para los certificados de obra terminada y de edificios existentes, se incorporan vías adicionales de acceso para otros titulados universitarios y para determinados profesionales procedentes de Formación Profesional o certificados profesionales, siempre que cumplan los requisitos formativos establecidos.
Esta distinción es importante para los expedientes CAE: no basta con comprobar que una persona puede emitir algún tipo de certificado. También debe estar habilitada para la modalidad concreta que requiere la actuación.
3. Será obligatoria una declaración responsable
Antes de comenzar a ejercer, el técnico deberá presentar una declaración responsable ante el órgano competente de la comunidad autónoma o de Ceuta o Melilla en la que tenga su domicilio fiscal.
Mediante esta declaración, el profesional manifiesta que:
cumple los requisitos establecidos;
dispone de la documentación que lo acredita;
mantendrá dicha documentación durante el ejercicio de la actividad;
comunicará las modificaciones que puedan afectar a su habilitación.
Una vez presentada correctamente, la acreditación permite ejercer en todo el territorio nacional, sin necesidad de repetir el trámite en cada comunidad autónoma.
4. Se crea un registro centralizado de técnicos competentes
El Real Decreto crea el Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes en materia de certificación de eficiencia energética de edificios.
Este registro permitirá:
identificar a los profesionales acreditados;
gestionar las altas y bajas;
facilitar las tareas de inspección;
coordinar la información de las comunidades autónomas;
y ofrecer a los ciudadanos información sobre los técnicos competentes que hayan autorizado la publicación de sus datos.
El registro centralizado convivirá con los procedimientos autonómicos. Según el domicilio fiscal del profesional, la acreditación deberá tramitarse a través del canal habilitado por su comunidad autónoma o mediante el procedimiento estatal correspondiente.
5. Aumentan los mecanismos de control
Las comunidades autónomas deberán comprobar periódicamente que un número adecuado de profesionales sigue cumpliendo los requisitos.
Cuando se detecten errores, falsedades, omisiones o incumplimientos esenciales, la administración podrá:
requerir una subsanación
dar de baja al profesional
impedir que continúe ejerciendo
y pronunciarse sobre la validez de los certificados emitidos durante el periodo afectado
Esto refuerza la importancia de comprobar que el técnico contratado está correctamente acreditado, especialmente cuando el certificado se utilizará dentro de un expediente CAE.
¿Qué ocurre con los técnicos que ya ejercían antes del 23 de julio de 2026?
Los técnicos inscritos previamente en registros autonómicos podrán considerarse acreditados cuando, durante su proceso de inscripción, ya se hubiera exigido una declaración responsable o se hubiera validado oficialmente el cumplimiento de los requisitos.
Cuando no se cumpla esa condición, los profesionales que ya podían emitir certificados antes de la entrada en vigor deberán presentar la declaración responsable prevista en el nuevo artículo 4 ter.
Por tanto, no se trata de empezar desde cero para todos los técnicos, pero cada profesional deberá comprobar cuál es su situación en el registro correspondiente.
¿Cambiará automáticamente la letra energética de las viviendas?
No.
El Real Decreto 659/2025 no modifica automáticamente la calificación A-G de los inmuebles ni obliga, por sí solo, a volver a certificar todas las viviendas.
La reforma se centra principalmente en:
la acreditación de los técnicos
los conocimientos necesarios
el registro de los profesionales
y el control de los certificados
La norma tampoco establece una anulación general de los certificados que ya estuvieran debidamente registrados. Su vigencia continúa dependiendo de las reglas generales aplicables a la certificación energética y de las posibles modificaciones realizadas en el inmueble.
¿Por qué el CEEE es tan importante para el sistema CAE?
Las fichas estandarizadas del sistema CAE establecen la documentación necesaria para demostrar que una actuación se ha ejecutado y que el ahorro declarado es justificable.
En numerosas actuaciones relacionadas con edificios, el CEEE cumple una o varias de estas funciones:
identificar la superficie y las características del inmueble;
aportar la zona climática;
recoger la demanda energética de calefacción o ACS;
reflejar la situación previa a la intervención;
confirmar la situación energética posterior;
justificar las medidas de mejora propuestas;
o proporcionar variables empleadas en la fórmula de cálculo del ahorro.
El Catálogo CAE se actualiza periódicamente y cada ficha determina expresamente qué certificado debe presentarse.
Ejemplos de fichas CAE que utilizan el certificado energético
RES010: rehabilitación de más del 25 % de la envolvente
La ficha RES010 exige un certificado de eficiencia energética emitido después de la actuación, junto con su justificante de registro.
RES060: sustitución de una caldera por una bomba de calor
En esta ficha, la demanda de calefacción y la demanda de agua caliente sanitaria se obtienen del certificado energético anterior a la actuación.
Además, debe presentarse un certificado final registrado o, alternativamente, el certificado previo registrado que incorpore la sustitución como medida de mejora.
RES080: rehabilitación profunda del edificio
Esta ficha exige un certificado anterior y otro posterior a la rehabilitación.
Los dos certificados deben estar registrados y el certificado posterior debe elaborarse con la misma herramienta informática utilizada para el certificado previo, permitiendo realizar una comparación coherente entre ambos estados.
Estos son solo algunos ejemplos. La necesidad exacta del CEEE debe comprobarse siempre en la versión vigente de la ficha aplicable.
¿Cómo afecta a los beneficiarios?
Para el propietario de una vivienda o edificio, la nueva regulación aporta un marco más estructurado para identificar a los profesionales habilitados.
Cuando el certificado vaya a utilizarse en una actuación CAE, el beneficiario debería conservar:
el certificado completo
la etiqueta energética
el justificante de registro
el archivo XML
los archivos de cálculo
y las recomendaciones de mejora
Preguntas frecuentes
¿Todos los expedientes CAE necesitan un certificado energético?
No. Cada ficha indica sus propios documentos. El CEEE es especialmente habitual en actuaciones residenciales relacionadas con la envolvente, las instalaciones térmicas y las rehabilitaciones profundas.
¿Una mejora de letra energética equivale al ahorro CAE?
No. La letra resume el comportamiento energético del inmueble, pero el ahorro CAE debe calcularse en energía final mediante la fórmula de la ficha correspondiente.
¿El técnico debe aparecer en el registro centralizado?
El profesional debe estar correctamente acreditado. La publicación de sus datos en el listado público dependerá de que haya dado su consentimiento, por lo que la ausencia en el listado público no implica necesariamente que no esté acreditado.
¿Puede un instalador emitir el certificado energético?
Solo cuando cumpla alguna de las vías de acceso establecidas, disponga de la formación exigida y haya presentado la correspondiente declaración responsable. Ser instalador autorizado, por sí solo, no otorga automáticamente la condición de técnico competente.
¿Quién debe encargar el certificado?
Con carácter general, el promotor o propietario es responsable de encargar la certificación y conservar su documentación. En un proyecto CAE, conviene coordinar esta contratación con el instalador y el equipo que tramitará el expediente.
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